«La Memoria del Mundo es la memoria colectiva y documentada de los pueblos del mundo —su patrimonio documental— que, a su vez, representa buena parte del patrimonio cultural mundial. Traza la evolución del pensamiento, de los descubrimientos y de los logros de la sociedad humana. Es el legado del pasado a la comunidad mundial presente y futura» (Edmonson, 2002: 1.1.1).
Las directrices de la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), Memoria del Mundo, basadas en que «algunos elementos, colecciones o fondos del patrimonio documental forman parte del patrimonio mundial —a semejanza de los sitios de notable valor universal incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO» (Edmonson, 2002)—, por lo que se debe:
- preservar su integridad para las generaciones actuales y futuras,
- poner de alguna forma a disposición de todos los pueblos del mundo —permanentemente y sin obstáculos–.
Es un hito en el trabajo de la UNESCO la «Recomendación relativa a la preservación del patrimonio documental, incluso en forma digital, y el acceso a él» para la preservación del patrimonio documental.
Las bibliotecas, archivos y museos (BAM) han considerado que la mejor manera para lograr la preservación y la accesibilidad universal es la digitalización de sus fondos. Entre las ventajas que ello supone para todos los usuarios están:
- El acceso universal y masivo a los documentos.
- Se nos abre un mundo de posibilidades en las búsquedas, con múltiples hipervínculos y funcionalidades a través de un terminal.
- La eliminación de las barreras físicas y geográficas.
- Se reduce el deterioro que sufrirían los documentos por la excesiva manipulación, preservándolos para sus consultas futuras y ayudando a la conservación de los originales.
- La demanda de acceso estimula la labor de preservación, y a su vez, la preservación y el acceso contribuye a la sensibilización, y
- El incremento en la concienciación y en la protección del patrimonio documental mundial favorece la preservación del patrimonio universal.
UNESCO:
EL PATRIMONIO DIGITAL
La Carta de la UNESCO sobre la preservación del patrimonio digital (2003) está vinculada a la Recomendación de 2015 sobre la Preservación y el Acceso al Patrimonio Documental Incluido en Forma Digital y el Acceso al mismo.
Carta sobre la preservación del patrimonio digital, 15 de Octubre de 2003:
- El patrimonio cultural como herencia común. Artículo 1. – Alcance. «El patrimonio digital consiste en recursos únicos que son fruto del saber o la expresión de los seres humanos. Comprende recursos de carácter cultural, educativo, científico o administrativo e información técnica, jurídica, médica y de otras clases, que se generan directamente en formato digital o se convierten a éste a partir de material analógico ya existente. Los productos ‘de origen digital’ no existen en otro formato que el electrónico«
De las diferentes definiciones de patrimonio cultural existentes, la dada por la UNESCO en 1982 en México dice:
«El Patrimonio cultural de un pueblo comprende las obras artísticas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan sentido a la vida. Es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo: la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y los archivos y bibliotecas» [UNESCO en Durán, 1995: 36; en Cuevas Cervero, A. (Comp.)]
El Patrimonio bibliográfico y documental.
«Históricamente se han empleado diversos materiales para elaborar los documentos: inscripciones en piedras, tablillas de arcilla, papiro, pergamino, pieles, telas, papel, cintas magnéticas, discos compactos y soportes electrónicos. Las manifestaciones bibliográficas y documentales pueden considerarse como parte del patrimonio cultural. Los libros y los documentos se pueden clasificar como patrimonio intelectual, material, gráfico, social e histórico, entre otros criterios de clasificación» [Palma, 2013 en Cuevas Cervero, A. (Comp.)]
Referencias:
– Durán, L. (1995). Los derechos culturales como derechos humanos y el patrimonio cultural, en Jesús Antonio Machuca, M. A. Ramírez e Irene Vázquez (eds.), El patrimonio sitiado: el punto de vista de los trabajadores, México, INAH, 31-37; en Palma Peña, J.M. (2013). El patrimonio cultural, bibliográfico y documental de la humanidad. Revisiones conceptuales, legislativas e informativas para una educación sobre patrimonio. Cuicuilco, 20 (58), 31-57.Recuperado en 15 de enero de 2022, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-16592013000300003&lng=es&tlng=es
– Edmonson, R. (2002). Memoria del Mundo: directrices para la salvaguardia del parimonio documental. UNESCO. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000125637_spa
– Introducción. Fundamentos teóricos. (2021). En A. Cuevas (Comp.), M.U. Gestión de la Documentación, Bibliotecas y Archivos: Preservación, Conservación y Difusión del Patrimonio Digital. Universidad Complutense de Madrid.
– UNESCO (2003). Proyecto de Carta para la preservación del patrimonio digital. 32ª reunión Conferencia General, París. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000131178_spa
– UNESCO (2015). Proyecto de recomendación relativa a la preservación del patrimonio documental, comprendido el patrimonio digital, y el acceso al mismo. 38ª reunión Conferencia General, París. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000233916_spa
– Biblioteca Nacional de España (2022, 23 abril). «La Biblioteca Nacional de España, máquina del tiempo, custodia de la memoria». https://www.youtube.com/watch?v=t8iLzBdz-5Y
Actualizada el 10 de junio de 2022